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28-FEBRERO-2023

 

Se convirtió en ley el proyecto de informatización y digitalización de las historias clínicas

La iniciativa fue aprobada en la Cámara baja por 227 votos afirmativos, 2 negativos y ninguna abstención. Contaba con media sanción del Senado desde 2020 y corría riesgo de perder estado parlamentario. Los principales puntos.

 

Con 227 votos se aprobó la ley

 
 
 
 

En la sesión extraordinaria de este martes en la Cámara de Diputados se convirtió en ley el proyecto que crea un “Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina”, con la finalidad de instaurar, en forma progresiva, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas.

La iniciativa, que fue sancionada por 227 votos afirmativos y 2 negativos -correspondientes a los liberales Javier Milei y Victoria Villarruel-, había sido aprobada en el Senado en noviembre de 2020 y de no ser tratada antes del comienzo de un nuevo período ordinario podría haber perdido estado parlamentario.

Abrió la lista de oradores el exministro de Salud, Daniel Gollan (FdT), quien se mostró optimista para que el proyecto sea ley porque “hay un consenso generalizado”. En ese momento, interrumpió su alocución para criticar a sus pares: “Parece que hay algunos diputados que no les interesa el tema”.

Tras ese breve comentario, continuó: “Han trabajado todos los bloques en las comisiones y hemos recibido del Senado un proyecto que no tuvo prácticamente objeciones”, y destacó que “es realmente importante porque tiene que ver con la vida cotidiana de todos los argentinos”.

“Hablamos en los últimos tiempos de redefinir lo que está sucediendo con nuestro sistema de salud en el país y tenemos prácticamente la gran mayoría de los bloques una visión en común sobre muchos de esos problemas”, destacó Gollan.

Sobre el proyecto sostuvo que “genera una herramienta para poder instaurar una historia clínica digital que esté interconectada, que reciba la información de todas y cada una de todas las historias clínicas de todos y de cada uno de los argentinos que habitan el país”.

En esa línea, remarcó que “tiene una importancia primordial” porque en Argentina por año “sólo en el sector público se producen unos 150 millones de consultas anuales ambulatorias solamente hablando del sector público, esto hay que multiplicarlo por cinco para ver la dimensión de lo que se registra diariamente”. Asimismo, lamentó que el sector privado “no informa” y bregó para que “cambie a partir de esta ley porque no está conectado con las estadísticas y decisiones sanitarias”.

“35 millones de esas consultas son de urgencias o emergencias; 19 millones de medicina general; 15 millones de pediatría, y así”, detalló el diputado oficialista y siguió: “1.4 millones de egresos hospitalarios, es decir gente que está internada y se va. Todo esto está en un mundo totalmente inconexo hoy en día”.

clínica digital. Ateniendo a sus realidades en un país federal sabemos que la salud principalmente, si bien hay una función rectora del Ministerio de Salud, básicamente está sentada sobre las jurisdicciones provinciales”.

“Eso es muy bueno porque hay provincias que tienen mayor nivel de avance, otras que tienen menor, pero aún en las que tiene un buen nivel de avance, y hay que felicitarse por eso, todavía no es que contamos con una historia clínica en todos los centros de salud a los que se puede acceder en condiciones de seguridad, a los cuales los pacientes pueden acceder en forma rápida y ágil. Por lo tanto, aun en provincias que han empezado hace mucho este proceso, les falta mucho”, planteó.

El diputado oficialista volvió a criticar el sistema privado porque “no tiene interconexión, tienen desarrollos informáticos propios, historia clínica digital, pero no hay una interconexión con el conjunto del sistema”, y remarcó: “Esto es importante porque, a la hora de tomar decisiones en salud, nosotros tenemos los datos que provienen del sector público y se nos está perdiendo un 70% de esas prestaciones y es una información importante que no la tenemos”.

A su vez, explicó que “hay otra cuestión importante para tener una herramienta como esta. Como nuestro sistema sanitario está tan desorganizado, que cada vez que vamos a un centro de salud es casi como que empezamos de nuevo, nadie conoce nuestra historia anterior porque están en cartones o fichas en carpetas en cada uno de los centros de salud, eso se constituye en un punto grande de ineficiencia del sistema”.

“Si el profesional al que acudimos tiene acceso a los estudios previos, no tendríamos que estar repitiendo esos mismos estudios. Por lo tanto, desde el punto de vista de la atención, le agrega más cohesión al sistema y eficiencia en el funcionamiento y el resultado en la prestación de salud”, destacó el bonaerense.

En suma, remarcó que “es una ley que complementa la 27.553 que en el día de hoy fue reglamentada que genera una respuesta a otra problemática que es la receta digital”. En esa línea, planteó: “Deberíamos hacer las cosas antes porque tenemos que esperar tres años para que se reglamenten y perdemos tiempos”, y apeló para que “estas leyes se pongan en marcha rápido porque son una ventaja para el paciente y nos aporta una enorme y rica información epidemiológica”.

“Se ponen en marcha herramientas de la informática que son uno de los puntales centrales para integrar, construir, mejorar el sistema sanitario. Esta ley genera un instrumento que permite la interoperabilidad de todos los sistemas que ya se han desarrollado en las provincias y los nuevos que irán surgiendo”, ponderó. Gollan

También recalcó que “obliga a todos a informar como se corresponde, todos aquellos que manejen historias clínicas y cumpliendo con los mayores estándares de calidad para garantizar que esa información no caiga en manos de quien no debe y plantea todos los derechos del paciente de que es el titular de esa historia clínica”.

“Es un avance importantísimo, que las tecnologías de la información y comunicación nos dan, se avanza también en la capacitación, en la telesalud, todo este mundo nuevo que se viene de la aplicación de estas nuevas tecnologías que son útiles y necesarios”, avizoró.

Palabra autorizada para hablar, la presidenta de la Comisión de Salud Pública, la socialista Mónica Fein, remarcó que “dar quórum a veces significa dar avances” y recordó que el proyecto de no aprobarse en el día de la fecha perdería por segunda vez estado parlamentario.

“Es un sistema único de registro de historias clínicas en el país. Incluye a todas las jurisdicciones y todos subsectores porque tener un programa único y federal de informatización de todas las historias clínicas de la República Argentina genera un paso necesario para que cada uno pueda tener acceso a nuestra propia historia clínica porque es nuestra”, resaltó la santafecina.

En ese contexto, consideró que “es fundamental hacer un programa que permita progresivamente, en articulación con el Ministerio de Salud y el COFESA, tener acceso en todo el país a la historia clínica”.

En otro tramo de su discurso, explicó que el proyecto “contempla la necesidad de un protocolo, la capacitación de personal, el software de las historias clínicas es importante por la operatividad interna. Sabemos lo que cuesta empezar de cero la historia clínica. Comenzar a edades adultas a que nos pregunten cómo fueron nuestros partos. Pensémoslo en sistemas de emergencia que no tienen ninguna información de nosotros”.

“Este sistema debe ser interoperable por los diferentes subsistemas que conforman el sistema de salud. Creemos que hay que avanzar sobre la necesaria confidencialidad de la información que, si bien contempla este proyecto, creemos que hay mucho por hacer para proteger la informatización de nuestros datos, la confidencialidad, la integridad, la seguridad, la autenticidad, la confiabilidad. En fin, todas esas cosas que le den garantías de que los datos estén y sean utilizados de la mejor manera”, precisó Fein.

Por último, informó que 17 provincias tienen esta ley, pero lamentó que “en el país estamos atrasados en tener un sistema en condiciones de equidad”. “Este programa permite integrar lo farmacológico, lo ambulatorio, el diagnóstico por imágenes. Promueve una visión integral de los datos de cada persona, de cada apaciente y de su salud y marca una ventaja para los profesionales de la salud. Hoy cada vez más, la medicina remota requiere de estas leyes”, cerró.

A continuación, el diputado Rubén Manzi (Coalición Cívica – Catamarca) ponderó: “Este proyecto es un adelanto para nuestro sistema de salud”.

“Creo que es muy importante que este Parlamento asuma la tarea de que este sistema que implementamos sea lo suficientemente robusto y seguro. Sin ponerme en contra de lo que estamos legislando debo advertir que esta centralización de datos puede traer aparejado el riesgo de la violación de la privacidad de los pacientes”, alertó el catamarqueño.

Por otro lado, manifestó: “Esta ley debe ser un primer paso para ampliar la digitalización de la atención médica, ya que, esta digitalización sumada a este proyecto puede ser muy útiles para lograr la equidad a la que todos decimos adherir”.

“Los países que más éxito tuvieron en el manejo de la pandemia son los que tenían mejor instrumentada la digitalización del servicio de salud”, comparó.

Puntos principales de la norma

La ley establece la creación del “Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina”, con la finalidad de instaurar, en forma progresiva, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas.

La autoridad de aplicación, que será designada por el Poder Ejecutivo, tendrá entre sus funciones crear y conformar con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la estructura organizativa del Programa y reglamentar su implementación y su progresivo funcionamiento.

Además, deberá determinar las características técnicas y operativas de la informatización y digitalización de las historias clínicas; elaborar un protocolo de carga e implementar un software de historia clínica coordinando la implementación interjurisdiccional; e instalar el software de forma gratuita en todos los hospitales públicos, nacionales, provinciales y municipales, y, en la forma que se establezca por vía reglamentaria, en los centros de salud privados y de la seguridad social; entre otros puntos.

En el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas se deja constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social, reza el articulado.

Asimismo, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas debe contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento.

“La información suministrada no puede ser alterada, sin que quede registrada la modificación pertinente, aun en el caso de que tuviera por objeto subsanar un error acorde a lo establecido en la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y sus modificatorias”, indica.

También señala que “el paciente es titular de los datos y tiene en todo momento derecho a conocer la información en la Historia Clínica Electrónica, que es el documento digital, obligatorio, con marca temporal, individualizada y completa, en el que constan todas las actuaciones de asistencia a la salud efectuadas por profesionales y auxiliares de la salud a cada paciente, refrendadas con la firma digital del responsable”.

“El almacenamiento, actualización y uso se efectúa en estrictas condiciones de seguridad, integridad, autenticidad, confiabilidad, exactitud, inteligibilidad, conservación, disponibilidad y acceso”, agrega.

 
 
 
 
 
 

 
 
 

 
 
 

 
 
   
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