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11-JULIO- 2024                          

 
     
 

Sin dictaminar, el Senado trató el artículo para endurecer las penas en casos de compraventa de niños

 
     
     
     
     
   
     
     
 

Los integrantes de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales recibieron a letrados y defensores de los Derechos del Niño. Hubo diferentes propuestas respecto a la redacción del artículo para que sea incorporado el concepto de “entrega ilícita”. Marisa Graham explicó que “en Argentina la compraventa de niños es con fines adoptivos”.

 

Luego de ser aprobado en el recinto, pero devuelto para un tratamiento en particular para modificaciones en la redacción, la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado se reunió este miércoles para tener encuentro informativo sobre el articulado del proyecto que modifica el Código Penal y endurece las penas por la compra y venta de menores.

En medio de la conmoción por el caso de Loan Danilo Peña, el niño de 5 años desaparecido en Corrientes, la comisión que preside el oficialista Juan Carlos Pagotto recibió a diferentes invitados para ampliar el debate sobre la redacción del artículo 1ero. que modifica el 139 bis que establece dejar exento de pena a los progenitores.

En la sesión del jueves pasado fue este punto el que tuvo discrepancias y derivó en el regreso del despacho a comisiones para su tratamiento en particular. La iniciativa había recibido media sanción por unanimidad -63 votos afirmativos- del Cuerpo en el recinto.

Entre los expositores estuvieron el presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky; la defensora de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, Marisa Graham; el juez del Tribunal Oral de Menores Nº2, Diego Freedman; el abogado y profesor de Derecho Penal, Horacio Romero VillanuevaDamián Muñoz, en representación de la Defensoría General de la Nación; y Gabriel Lerner, exsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia, entre otros.

En el inicio de la reunión de Justicia y Asuntos Penales, el titular anunció dos modificaciones en la nómina de senadores que la componen: En primera instancia, la pampeana María Victoria Huala reemplazó a al misionero Martín Göerling Lara; y el radical Daniel Kroneberger hizo lo mismo con el catamarqueño Flavio Fama.

El objetivo de esta comisión es arribar a un despacho en conjunto entre todos los integrantes ya que el tema tiene el aval del oficialismo, los dialoguistas y la oposición. Al finalizar las exposiciones, el riojano Pagotto anunció el pase a un cuarto intermedio para volver a reunirse y así unificar un dictamen que sea llevado al recinto nuevamente.

El debate

El primer expositor fue Mariano Borinsky, quien destacó los proyectos de Antonio Rodas y Carolina Losada. Luego, indicó: “Son delitos de extrema gravedad que deben estar tipificados en el Código Penal con una categoría independiente y me parece adecuada la tipificación en los delitos contra el Estado civil”.

De igual manera, continúo: “El Código habla de apoderamiento y el delito está en el carácter de ese apoderamiento”. A su vez, sugirió: “Poner entrega -como palabra- entra en adopción. Prefiero poner ‘entregar’ e incluir ‘ilegítimamente’ porque le da la tipificación de las conductas ilegítimas”.

Ratificó, además, que “va a ser delito con o sin precio o premiso·, pero advirtió que “el precio es agravamiento de la pena y ambas conductas consideradas delictivas”.

“Cuando hay precio debe ser agravada y la conducta sin precio es delito y es más grave la conducta por precio”, reiteró Borinsky, y remarcó: “con este sencillo agravado estamos mostrando que la compra y venta es más grave cuando hay precio”.

En el cierre de su intervención, añadió: “Destaco que sea la competencia federal quien intervenga porque es pertinente el agregado de tipificación y los de acción penal”. Terminó que “las situaciones de vulnerabilidad e ignorancia son hipótesis que no debieran ser agregados”.

La santafesina Carolina Losada planteó una duda sobre el concepto de entrega legítima y el letrado le explicó: “Son las adopciones por un tiempo breve cuando el padre o madre dejó al hijo porque viajó y así queda subsanado”.

La defensora de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, Marisa Graham, afirmó que “en la República Argentina, la compraventa de niños con precio es para fines adoptivos”. Además, cargó que “aquel que compra un niño, siempre va a tener un papel de origen ilegitimo”.

Ejemplificó con el caso Forneron y recordó: “El acta lo labra una defensora de los derechos del niño porque siempre hay un documento, y se siguen entregando a pesar de estar prohibido en el Código Civil”.

Con relación al modo de operar de estos ilícitos, señaló: “Es un conglomerado que se organiza para captar mujeres embarazadas y pagar una suma que no es significativa”. En ese caso puntual, acusó que “un defensor de menores labró un acta un sábado a la tarde se comprueba que hubo compraventa, pero no está tipificado”.

Respecto a este debate, fue concreta: “Estoy de acuerdo con la tipificación, pero eso no es suficiente para evitar que se sigan haciendo con fines adoptivos”. Exigió poner “fines adoptivos” en la redacción y mencionó que se pagan hasta 10.000 dolares en estos casos.

Del mismo modo, relató que “Forneron tuvo un acta labrada por un defensor de menores y eso legitimó la compraventa”. Agregó, además que “la coacción es describirles (a los vendedores) las condiciones en que viven y prometerles condiciones mejoras de vida, pero la remuneración nunca es la que se promete porque el intermediario se lleva la mejor parte”.
Para cerrar, reiteró que “la Convención Interamericana nos dice que, sino aclaramos que se hace con fines adoptivos, seguiremos yendo por la lateral o por la colectora”.

En tercer lugar, el juez del Tribunal Oral de Menores Nº2, Diego Freedman, expresó: “A mi juicio debería tener penas efectivas que superen los 3 años de prisión porque estamos hablando de hechos graves”. También, señaló que en los casos que se busca “tratar de lograr un aval son aun más grave y debieran tener una escala de 4 a 12 y penas de inhabilitación a funcionarios públicos y profesionales”.

“En materia de penas, mi opinión en relación al delito de venta de menores es que debería tener penas efectivas, que haga improcedente la condena condicional y la ‘probation’, porque estamos hablando de hechos muy graves”, remarcó Freedman.

A su turno, el abogado Horacio Romero Villanueva, abogado y profesor en Derecho Penal, manifestó que “la fórmula normativa objetiva y subjetivamente tiene que afectar un bien jurídico especifico”.

Del mismo modo, planteó que “el delito tiende a punir la adopción ilegal, no la entrega de un menor contra una contraprestación”. También, sostuvo que “lo legitimo o ilegitimo es una cuestión de hecho, no de derecho y abarca un supuesto de hecho que es de valoración judicial”. Pidió reestudiar la redacción.

Damián Muñoz, en representación de la Defensoría General de la Nación, señaló que “si uno quiere una ley que ataque a los eslabones más gruesos de este delito debería poder investigar los dispositivos burocráticos más allá de hechos individuales”. “Más allá de una compraventa puntual, poder perseguir a los dispositivos de la venta de menores”, añadió.

También, Gabriel Lerner, exsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia, expresó: “Es muy grave forzar, a partir de la demanda, la decisión de poner a un niño en situación de adaptabilidad sin que haya habido un trabajo de acompañamiento. La responsabilidad del cuidado de los derechos de los niños por parte de los adultos sigue vigente”.

Brevemente, la fundadora y directora de la Fundación Red por la Infancia, Paula Watcher, agregó: “Es interesante poder pensar en la figura del arrepentido que menciona uno de los proyectos de ley. Un atenuante para quienes puedan aportar datos bilógicos sobre el niño y sobre sus apropiadores ilegítimos. Eso contribuye desde una perspectiva de infancia”.

En última instancia, el juez de la Cámara de Casación y Apelaciones en los Penal, Ignacio Mahiques, explicó que “se tiene que tipificar la entrega ilegítima de un menor y la escala salarial tiene que ser grave, proporcional al daño provocado. No advierto de manera clara por qué las provincias deberían ceder su competencia en la investigación de este tipo de delitos

  
 
     
     
     
     
     
 
     
     
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