La Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado tratará
este martes, desde las 15, el proyecto de ley enviado
por el Poder Ejecutivo que establece otorgar un
beneficio extraordinario a los familiares de víctimas de
la represión de los días 19 y 20 de diciembre de 2001,
en el marco del estado de sitio decretado por el
expresidente Fernando
De la Rúa.
En los fundamentos de la iniciativa, el Gobierno recordó
que “el Estado accionó de manera represiva” en esa
ocasión y fueron 39 las personas que “perdieron la vida
y hubo un saldo de más de un centenar de heridos”. En
ese sentido, la propuesta contempla también a quienes
hayan resultado “gravemente heridos” por esos hecho
Similar a otras leyes reparatorias, el proyecto
establece “un beneficio extraordinario, a percibir por
única vez, en concepto de indemnización, para los
herederos y las herederas o derechohabientes de las
personas que fallecieron como consecuencia de la
represión desplegada por el Estado, en las
manifestaciones de protesta ocurridas, en todo el
territorio nacional, los días 19 y 20 de diciembre de
2001, en el marco del estado de sitio declarado mediante
el Decreto N°1678 del 19 de diciembre de 2001; y también
para las personas que sufrieron lesiones gravísimas en
las mismas circunstancias o, en su caso, para sus
herederos y herederas o derechohabientes”.
El texto, que indica que el Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos será la autoridad de aplicación,
estipula que la indemnización será equivalente a la
remuneración mensual de los agentes Nivel A-Grado 0 del
Escalafón del Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP), multiplicado por 100. Asimismo, aclara
que en el caso que el beneficio correspondiere a las
personas que hubiesen sufrido lesiones gravísimas, ese
monto será un 30% menor.
También se establece la gratuidad de todos los trámites
y que la indemnización estará exenta de gravámenes, y de
tasas las tramitaciones judiciales o administrativas que
tuvieren por finalidad la acreditación de las
circunstancias o del vínculo, en jurisdicción nacional.
“Si existieren acciones judiciales contra el Estado
Nacional fundadas en los mismos hechos a que se refiere
la presente ley, quienes pretendan acogerse a dicho
beneficio, y al tiempo de solicitarlo, deberán desistir
de la acción y del derecho ejercitados en los
respectivos procesos y renunciar a entablar futuras
acciones judiciales por la misma causa”, prevé.
Financiamiento de las industrias culturales
Por otra parte, el temario de la reunión, que se
realizará en el Salón Illia, contempla un conjunto de
proyectos en relación al financiamiento de las
industrias culturales, ante el vencimiento en diciembre
de 2022 de las asignaciones específicas a través de
distintos impuestos. Algunas iniciativas buscan
prorrogar esas asignaciones hasta 2025, otros hasta 2030
o incluso hasta 2042.
Los textos que se pondrán sobre la mesa, y podrían
concluir en un dictamen consensuado, fueron presentados
por las senadoras del oficialismo Cristina
López Valverde y Teresa
González, Silvia Sapag, María Inés Pilatti Vergara,
Anabel Fernández Sagasti; y de la oposición Alberto
Weretilneck, Daniel Kroneberger y María
Victoria Huala.
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